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Santa Marta

Confirman insubsistencia del exgerente del SETP

Con esto se confirma el nombramiento de Joceline Azar Nigrinis, como gerente encargada del sistema.

Las cosas no le salen al partido Fuerza Ciudadana en materia de fallos judiciales; primero se niega la medida cautelar de suspensión de Carlos Pinedo y luego se conoce que en un fallo de segunda instancia, fue confirmada la declaratoria de insubsistencia del exgerente del SETP, Diego López.

Un juez de la República confirmó el fallo proferido en primera instancia, donde se le niega a Diego Armando López Ortega su restitución al cargo de gerente del Sistema Estratégico de Transporte Público de Santa Marta, SETP, de donde fue declarado insubsistente por la administración del alcalde de Santa Marta, Carlos Pinedo Cuello.

Mónica de Jesús Gracias Coronado, titular del Juzgado Primero Civil del Circuito de Santa Marta, por medio de un fallo de segunda instancia emitido el 5 de marzo del 2024, confirmó el fallo dictado el 24 de febrero del 2024 por el Juzgado Segundo Civil Municipal de esta ciudad, que negó el amparo a los derechos fundamentales preferencial al debido proceso y defensa al interior de la acción de tutela interpuesta con la Alcaldía de Santa Marta.

La situación de López

Como se recordará López Ortega interpuso acción de tutela, a fin de que se le ampararán sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, que presuntamente resultara vulnerado por la entidad accionada, dentro del siguiente marco de circunstancias fácticas:

Explica que mediante el Decreto Distrital No. 514 del 6 de diciembre de 2019, asumió la responsabilidad como Gerente General y representante legal del Sistema Estratégico de Transporte Público de Santa Marta SETP de Santa Marta.

Advierte que en asamblea del 19 de septiembre de 2023 se realizó una reforma estatutaria en lo atinente a la figura del gerente, estableciendo la figura del gerente suplente y consagrando además que en caso de remoción del Gerente por parte de la Junta Directiva por evaluación negativa, por renuncia presentada por el gerente y aceptada por la Junta Directiva, o por inhabilidad sobreviniente del Gerente para ocupar cargos públicos, la Junta Directiva tendrá hasta tres meses para elegir un nuevo gerente de la terna enviada por el Alcalde durante este término se aplicara la suplencia del Gerente en cabeza del Secretario General de la sociedad.

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