Con el visto bueno de la Administración, los concejales aprobaron ya no el 80, sino el 90%.
El proyecto de alivios tributarios que presentó el Distrito ante el Concejo de la ciudad fue aprobado en segundo debate, cuyo ponente fue el concejal Jaime Linero, previo había sido aprobado en primer debate que tuvo la ponencia del concejal Carlos Mario Mejía, ambos miembros de la Comisión Segunda de la Corporación.
Los impuestos que hacen parte de este acuerdo son el predial unificado y sobretasa al medioambiente, avisos y tableros, sobretasa bomberíl, contribuyentes omisos y extemporáneos del impuesto de Industria y Comercio y retenciones, tasa de semaforización, comparendos convencionales y electrónicos, además de los servicios de grúa y patios de vehículos inmovilizados.
Este proyecto que hace su tránsito en el Concejo de la ciudad, se da luego del análisis de la cartera del impuesto predial y sobretasa ambiental, realizado por la Secretaría de Hacienda donde se evidencia que los contribuyentes adeudan en estas obligaciones quinientos ochenta mil millones de pesos ($ 580.000.000.000).
De este monto, el 50% corresponde a propietarios de predios residenciales de los estratos 1, 2, 3 y rurales; sectores socioeconómicos que se ven afectados por diferentes circunstancias que disminuyen su capacidad de pago, e incrementan los índices de pobreza en la ciudad.
En el Proyecto de Acuerdo de Alivios Tributarios estaba contemplado para acceder a la disminución del 80% de los intereses moratorios a la fecha del pago del impuesto Predial Unificado y Sobretasa al Medioambiente, pero como lo explicó el ponente Jaime Linero, “lo llevamos hasta el 90% con la aprobación de la administración, para efectos para que los ciudadanos tengan la oportunidad de cancelar sus tributos. El contribuyente debe cancelar el 100 % de la obligación más el 20 % de los intereses moratorios hasta el 30 de diciembre de la presente vigencia.
En el caso del impuesto de Industria y Comercio; Avisos y Tableros; para acceder al descuento del 90% de los intereses moratorios y las sanciones, deberán cancelar el 100 % del impuesto y el 20% de las sanciones e intereses moratorios. Bajo estas mismas condiciones rige el descuento del 90% para los contribuyentes omisos y extemporáneos del impuesto de Industria y Comercio y Retenciones; y para la Tasa de Semaforización, Comparendos Convencionales y Electrónicos.