El alcalde firmó el Decreto 533, que amplía temporalmente los horarios de funcionamiento de los establecimientos nocturnos hasta el 6 de diciembre. La medida busca dar claridad a los controles policiales y responder a los compromisos asumidos con el sector. Después llegará la temporada alta, que permitirá trabajar hasta las 4:00 a. m. todos los días.
El alcalde Carlos Pinedo Cuello cumplió el compromiso que había adquirido con los comerciantes nocturnos de Santa Marta al expedir el Decreto Distrital 533 del 29 de octubre de 2026, mediante el cual se modifican temporalmente los horarios de funcionamiento de los establecimientos dedicados al expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

La decisión llega después de las inquietudes expresadas por representantes del sector, especialmente por situaciones en las que algunos establecimientos habrían recibido órdenes de cierre a medianoche debido a que uniformados desconocían la aplicación de los horarios especiales. Esta situación generó inconformidad entre los comerciantes, quienes solicitaron claridad para evitar cierres que afectaran su actividad económica.
Así quedan los horarios
Con la precisión horaria que nos suministraste, los establecimientos podrán funcionar de lunes a jueves hasta las 2:00 de la madrugada del día siguiente. Los viernes y sábados, así como en vísperas de días festivos, podrán extender su funcionamiento hasta las 4:00 a. m.
Esta disposición tendrá vigencia hasta el 6 de diciembre de 2026, según el artículo primero del Decreto 533.
Desde diciembre comienza la temporada alta
Una vez finalice esta medida temporal, entrará a regir el horario contemplado en el Decreto 513 de 2008, modificado por el Decreto 182 de 2010. Esa regulación establece que la temporada alta comprende del 7 de diciembre al 15 de enero y permite el funcionamiento de los establecimientos todos los días, desde las 10:00 de la mañana hasta las 4:00 de la madrugada. Santa Marta
Por tanto, después del 6 de diciembre, los comerciantes nocturnos tendrán un nuevo periodo de ampliación de horarios que coincidirá con la temporada de Navidad, fin de año y vacaciones.
Controles y cumplimiento de las normas
La ampliación no significa que los establecimientos estén exentos de cumplir las condiciones legales de funcionamiento. El decreto mantiene las obligaciones relacionadas con seguridad, ruido, condiciones sanitarias, uso del suelo y demás disposiciones vigentes.
La Policía Metropolitana y las dependencias distritales competentes deberán adelantar las labores de inspección y vigilancia para garantizar el cumplimiento de la medida.
Con la expedición del Decreto 533, la Administración Distrital formaliza la respuesta que había anunciado a los comerciantes nocturnos. Ahora será fundamental que las autoridades conozcan y apliquen correctamente los horarios establecidos, para evitar nuevas controversias y dar seguridad jurídica a quienes desarrollan su actividad económica durante la noche.



