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#ATENCIÓN Vea aquí los protocolos de bioseguridad para apertura de bares y discotecas

El Ministerio de Salud expidió la resolución con las medidas para el consumo de bebidas embriagantes.

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el decreto 1569 de 2020, por el cual se establecen las medidas de bioseguridad para la aprobación de la apertura de bares y discotecas.

Adicionalmente, la entidad señaló que según el decreto 1168 los alcaldes de los
municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto “en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud para el desarrollo de esta actividad”.

En este sentido, la autorización que imparta el Ministerio del Interior requerirá del previo concepto favorable del Ministerio de Salud. 

Si usted es un cliente debe tener en cuenta:

Medidas para el usuario:

  • Utilizar el tapabocas de forma permanente cubriendo nariz y boca.
  • Mantener el distanciamiento físico de dos metros entre persona y persona, diferentes a su grupo, especialmente en lugares y zonas demarcadas para hacer fila.

– Permitir la toma de temperatura a su ingreso.

  • Realizar el lavado de manos con agua potable y jabón por lo menos cada 3 horas, al
    ingresar o cuando las manos estén contaminadas con secreción respiratoria, después
    de toser o estornudar, antes y después de ir al baño o cuando estén visiblemente
    sucias. Tener en cuenta que el lavado de manos debe durar mínimo de 20 a 30
    segundos.

– Llevar consigo alcohol glicerinado mínimo al 60% y tapabocas.

  • Abstenerse de ingresar si presenta síntomas sospechosos de covid-19, ha sido
    diagnosticado como positivo y no ha concluido el periodo de aislamiento requerido para superar la enfermedad, o tiene síntomas de resfriado.

– Informarse sobre las condiciones de uso, acceso y aforo del establecimiento.

  • Abandonar el establecimiento si presenta síntomas compatibles con la covid-19 y
    consultar con la EPS.
  • Manipular sus objetos personales como carteras, mochilas, documentos para
    mostrarlos en el punto de control, en caso de que el establecimiento realice requisas o
    solicite documentos para el ingreso. No debe haber contacto entre quien requisa y los objetos.

Medidas de adecuación

  • Establecer un punto de control en la entrada del establecimiento donde se efectúe el
    registro de ingreso de los clientes, la toma de temperatura, la autodeclaración de estado de salud, la verificación del uso correcto del tapabocas y la realización del procedimiento de desinfección de manos.
  • Garantizar la circulación natural del aire, para disminuir el riesgo de propagación.
  • Todos aquellos espacios cerrados deberán contar con una adecuada ventilación antes de comenzar su limpieza y desinfección, abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación de aire exterior. Cuando se utilice aire acondicionado sin filtros HEPA (del inglés “High Efficiency Partióle Arresting”, o “recogedor de partículas de alta eficiencia”), se debe realizar la limpieza, desinfección y mantenimiento. Si el aire acondicionado cuenta con filtros HEPA, se debe garantizar el mantenimiento y cambio según la ficha técnica de dichos filtros.
  • Garantizar el distancia miento físico de dos metros entre personas en las barras en caso de que aplique.
  • Garantizar el distanciamiento físico de dos metros entre mesas o grupos de personas.
  • Señalizar la distribución de las mesas, sillas, barras y áreas comunes, en la medida de lo posible, mediante la implementación de sistemas de distanciamiento físico.
  • Evitar aglomeraciones en áreas comunes tales como barras, taquilla, ropero, baños,
    definiendo estrategias que garanticen el distanciamiento físico y minimicen la
    acumulación de personas en un mismo lugar tales como: horarios de atención, turnos de operación, sistemas de reservas.

–  Usar marcas en el piso para facilitar el cumplimiento de la medida de distanciamiento físico. Se deben demarcar las diferentes posiciones de trabajo y de interacción con los clientes, incluyendo el área de la cocina y las zonas de espera, baños, pedido, pago y entrega de productos a los clientes.

–  Tener a disposición, de manera permanente y suficiente, alcohol glicerinado mínimo
al 60% y máximo al 95% en las zonas comunes del establecimiento, en especial en la
entrada, la salida, la barra y la caja, para uso del personal, proveedores y clientes.

  • Habilitar, en lo posible; una puerta de ingreso al establecimiento y otra de salida con el fin de controlar el flujo y circulación de personas.
  • Prohibir el uso de cualquier tipo de decoración para ocasiones especiales.
  • Contar con un encargado del establecimiento que ubique y oriente a los clientes según lo indique el personal del punto de ingreso.
  • Instalar en los baños, en lo posible, elementos que reduzcan el contacto de los
    clientes con superficies tales como puertas batientes sin cerradura o tipo push,
    dispensadores automáticos de papel higiénico, toallas de papel, jabón o alcohol
    glicerinado mínimo al 60% y griferías automáticas o de pedal.
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