La normativa inicia este primero de diciembre hasta el 16 de enero de 2021.
El Ministerio del Interior expidió este sábado 28 de noviembre el Decreto 1550, con el cual extiende el cierre de las fronteras del país y mantiene las restricciones de orden público y privado, para evitar la propagación de Covid-19.
En lo que respecta al primer punto, el cierre de fronteras terrestres y fluviales de Colombia con los países Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, se extiende por mes y medio.
La normativa inicia desde este primero de diciembre hasta el 16 de enero de 2021.
Eso sí, el Ministerio del Interior puntualizó que se exceptúan las siguientes actividades, en el marco del cierre de fronteras, es decir las abrirán, cuando se trate de una emergencia humanitaria, el transporte de carga y mercancía, y un caso fortuito o fuerza mayor.
Otro de los puntos del Decreto en mención, es la restricción a los eventos masivos de carácter público y privado, con el fin de evitar aglomeraciones y que se propague el coronavirus.
No se permitirá ningún evento ni tampoco se reabrirán las discotecas o los lugares de baile, pese a que entramos en la temporada decembrina.
El expendio de bebidas embriagantes continúan y los planes pilotos de bares o restaurante bar seguirán. Sin embargo, si aumentan los casos de Covid-19 en las ciudades o departamentos, el Ministerio deberá suspender estas actividades.
En pocas palabras, si hay un rebrote, empezarán a cerrar los lugares públicos como restaurantes y centros comerciales.
Lea el decreto: