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Alcaldía definió nuevos incrementos en el pasaje de buses en Santa Marta

Los estudiantes universitarios se encuentran a la expectativa de que sucederá con la tarifa deferencial solicitada.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, la Alcaldía Distrital expidió el Decreto N° 211 del 2022, por medio del cual actualiza las tarifas en el servicio público de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros en Santa Marta.

De esta manera, las nuevas tarifas quedan fijadas a partir del próximo 15 de septiembre en $2.150 , para busetones, buses, busetas y microbuses sin aire acondicionado y $2.200 para los vehículos nuevos, climatizados y que cuenten entre otros beneficios, con acceso a personas con movilidad reducida.

Asimismo, en consonancia con la escalonabilidad planteada en el decreto nacional 1079 del 2015, a partir del 1 de enero del 2023 por la utilización de este medio de transporte será de $2.300 para los busetones, buses, busetas y microbuses sin aire acondicionado y $2.400 para los vehículos climatizados.

Para el cobro de las tarifas autorizadas al usuario, es requisito indispensable que los vehículos que prestan este servicio de transporte público colectivo porten la calcomanía correspondiente a los nuevos valores en la parte delantera derecha del vidrio panorámico, en el vidrio de la primera ventana lateral derecha externo y en el vidrio de la primera ventana lateral izquierda interno .

¿Cuáles son las razones?

Hace dos años y 6 meses no se ajustaba la tarifa del transporte público colectivo y a diferencia del incremento de la canasta de costos, este no ha tenido el aumento necesario para compensar los costos operativos de los diferentes actores.

En términos generales la tarifa técnica del año en curso se encuentra en dos mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos por pasajero ($2.452), lo que arroja una diferencia entre la tarifa técnica y la tarifa usuario actual de cuatrocientos cincuenta y dos pesos por pasajero ($452), lo cual hoy es asumida por los propietarios de autobuses, debido a que el costo generalizado de la casta del transporte no se ve reflejada en el valor final al usuario.

La tarifa técnica fue calculada acorde a lo descrito en la Resolución 4350 de 1998 “metodología para definir las tarifas de transporte público urbano”, utilizando para ello el método de análisis de costos mediante el desglose de las partidas de gastos ocasionados por la prestación del servicio: personal, combustible, lubricantes, llantas, salarios, gastos generales de administración, impuestos y tasas, seguros, amortización y reposición de vehículos e interés del capital invertido.

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