Un juzgado de Villavicencio (Meta) tuteló los derechos de un policía a quien se le había hecho un llamado de atención escrito por no cantar el himno de la institución ni decir su código de ética.
Según la declaración del uniformado de grado patrullero, el 11 de octubre tras una ceremonia en Villavicencio fue llamado por un oficial que le reprochó que era una falta de respeto que no hubiera acompañado el momento del himno y el código de la institución y se le ordenó transcribirlos y entregarlos cuatro días después.
Luego del llamado de atención verbal el oficial le hizo una anotación al uniformado.
Aunque el patrullero señaló que le manifestó a su superior que no cantaba el himno ni recitaba el código porque allí se invocaba a Dios y él era ateo, sus superiores señalaron que el uniformado dijo inicialmente no se los sabía y luego mencionó otras razones como que no quería ser policía.
En el proceso de la tutela intervinieron oficiales que señalaron que la disciplina es parte fundamental de la institución y que en todo caso ese tipo de llamados de atención no generan sanciones ni antecedentes disciplinarios que afecten la hoja de vida del uniformado.
Las entidades oficiales no podrán imponer a sus funcionarios la asistencia obligatoria a ceremonias religiosas
En la tutela el uniformado señalaba que se le estaba violando el debido proceso y la libertad de conciencia.
En el fallo el juez señala que respetando la disciplina castrense, “las entidades oficiales no podrán imponer a sus funcionarios la asistencia obligatoria a ceremonias religiosas, por nobles que sean sus ideales, lo que de suyo implica la profesión de fe en himnos y juramentos institucionales”.
Como parte de su decisión, el juzgado da un plazo de 48 horas a la Policía para que elimine la anotación que se hizo al patrullero por negarse a entonar el himno y recitar el código de ética de la Policía.
Tomado de El Tiempo